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Derecho Legal de Retracto

¿Qué es el Derecho Legal de Retracto?

Es la facultad que tiene el consumidor para poner término al contrato de compraventa, sin expresión de causa.

¿En qué casos aplica el Derecho Legal de Retracto?

  1. En la compra de bienes y contratación de servicios realizadas en reuniones convocadas o concertadas con dicho objetivo por el Concesionario, en que el consumidor deba expresar su aceptación dentro del mismo día de la reunión.
  2. En los contratos celebrados por medios electrónicos, y en aquéllos en que se aceptare una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia.
  3. Las compras presenciales en que el consumidor no tuvo acceso directo al bien.

No procederá el Retracto en aquellos bienes que hubiesen sido confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor, como, por ejemplo, aquellos vehículos que son solicitados con carrocería y/o equipamiento adicional.

¿En qué plazo es posible ejercer el Derecho Legal a Retracto?

En el plazo de 10 días contados desde la recepción del vehículo. Este plazo se ampliará a 90 días si el concesionario no remitiere la confirmación escrita del contrato que el artículo 12 A de la Ley 19.496 que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, exige para los contratos celebrados por medios electrónicos; o en aquellos que se aceptare una oferta realizada a través de catálogo, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia.

¿Cómo se puede ejercer el Derecho Legal de Retracto?

Si la compra fue realizada por cualquier medio a distancia, [email protected] o al teléfono 600 600 5200.

Si la compra fue presencial, podrá solicitarse al ejecutivo de ventas del concesionario en donde se efectuó la compra.

En ambos casos, para proceder al retracto, el comprador deberá suscribir un documento de resciliación del contrato de compraventa.

¿Cuáles son las condiciones para ejercer el Derecho Legal de Retracto?

  1. Que el comprador sea persona natural o sea catalogada como micro o pequeña empresa, según lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 20.416 que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño.
  2. Que el vehículo se restituya en perfecto estado, con poco uso, con los elementos originales del embalaje, como las etiquetas, certificados de garantía, manuales de uso, cajas y elementos de protección.
  3. Que el vehículo no tenga más de 30 kilómetros de uso, posterior a su entrega.
  4. Que el vehículo esté libre de todo gravamen y prohibición de enajenar, salvo la prenda y prohibición de enajenar estipulada en favor de la “Institución Financiera con la cual se generó la venta” si la compra se hubiese realizado con crédito.

¿Cuándo se restituirá su dinero?

Si el consumidor ejerce el derecho a retracto cumpliendo con ello todos los requisitos estipulados en esta Política de Derecho a Retracto, el concesionario estará obligado a devolverle las sumas abonadas, sin retención de gastos, a la mayor brevedad posible y, en cualquier caso, antes de cuarenta y cinco días siguientes a la comunicación del retracto. Lo anterior, siempre y cuando se acredite la resciliación arriba citada a través de un certificado de anotaciones vigentes de vehículos motorizados emitido por el Registro Civil.

¿Qué sucede si la compra se realizó con crédito?

En aquellos casos en que el precio del bien o servicio haya sido cubierto total o parcialmente con un crédito otorgado al consumidor por el proveedor o por un tercero previo acuerdo entre éste y el proveedor, el retracto resolverá dicho crédito. En caso de haber costos involucrados, éstos serán de cargo del consumidor, cuando el crédito haya sido otorgado por un tercero.

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